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Un peón de campo que estaba arreglando un alambrado sufrió una fractura en su mano derecho, cuando la llave francesa que manipulaba se zafó. Al ser atendido, se diagnosticó fractura de la base de la primera falange del dedo índice de la mano derecha. Debió someterse a un tratamiento médico, que fue cubierto por la aseguradora de riesgos del trabajo. Más adelante, la ART le otorgó el alta médica y la comisión emitió un dictamen mediante el cual ponderó una incapacidad del 10,50 por ciento por limitación funcional del dedo índice de la mano derecha. En base a este porcentaje, se decidió un monto indemnizatorio. Sin embargo, el trabajador ponderó que el porcentaje de incapacidad que le sobrevino es mayor, por lo que inició la demanda. Tras analizar la totalidad de la prueba, la Cámara Laboral de la capital provincial resolvió elevar a 12,55 por ciento el porcentaje de incapacidad que determinó la Comisión Médica y ordenó a Prevención ART S.A. que, en el plazo de 15 días de notificada, proceda a calcular y abonar las prestaciones dinerarias por incapacidad definitiva de acuerdo con el porcentaje de incapacidad aquí reconocido.
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Peón rural se lesionó mientras arreglaba un alambrado y recibirá indemnización

