Ante publicaciones realizadas en diversas redes sociales respecto al Art. 79 bis de la ley 2431 de la provincia de Rio Negro, Código Electoral y de Partidos Políticos, que hace referencia a las licencias obligatorias de candidatos, la Junta Electoral Municipal de Dina Huapi comunica que el mencionado artículo no se encuentra incorporado a la ley, siendo tales publicaciones erróneas y carentes de total fundamento. Esta junta continúa trabajando en pos de la transparencia y el orden democrático que debe tener el acto eleccionario del 11 de Junio de 2023 e invita a los partidos políticos y a la comunidad a acompañar esta línea de trabajo.