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Turisur despidio a trabajadores

El entrevista esta mañana con Jorge Ariel Curual,de Delegación Bariloche, nos manifesto que las medidas llegarian a una manifestacion de los trabajadores para este martes en el Centro Civico.

El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos comenzó una retención de tareas contra la empresa Turisur por un encuadre sindical a una trabajadora de la empresa en cuestión.

En ese marco desde el SOMU vienen denunciando «violaciones por parte de la empresa Turisur» a las convenciones colectivas nacionales y zonales de trabajo, por lo que se encuentran «en estado de alerta y movilización».
El detonante fue que le impidieronel el acceso a sus trabajo a una una trabajadora por reclamar que sus aportes no van al sindicato del SOMU. Afirmaron que una de las damnificadas «fue sin previo aviso» y cuando las organizaciones pidieron una audiencia mediante nota, a la Secretaría de Trabajo asimismo cabe señalar que en el dia de ayer la empresa no se presentó a la audiencia a dialogar vía zoom con los dirigentes nacionales ni los delegados del sector tampoco,algunos trabajadores denuncian hoy que la empresa comenzo a presionar y amenazar a todos sus empleados.
En ese contexto
Con fecha 24 de Agosto de 2021 el Secretario de Delegación Bariloche,Sergio Santibáñez,junto con el adjunto Jorge Ariel Curual,de Delegación Bariloche; y
David Villalba, Secretario de Interior; Cristian Hernán De Corte, Secretario de Seccional San Fernando; y sus Delegados Gremiales Monge Ingrid y Centurión Guillermo; en nuestro propio derecho, representando el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) Personería Gremial Nº 356, constituyendo domicilio en Perú 1667, CABA-y
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Sr. Ministro Moroni Claudio formularon una denuncia
de incumplimiento del Convenio Colectivo de Trabajo y de encuadramiento Sindical de toda tripulación a bordo y/o personal que realice cualquier tipo de tareas, mantenimiento y/o trabajo en plena navegación; asimismo su correcta derivación de aportes a éste gremio de las empresas TURISUR SRL. CUIT. 30-50694947-1, representada por el Sr. Martin Olavarria DNI. 22.277.960, con domicilio en calle mitre 139 y Villegas 310, de la localidad de San Carlos De Bariloche Provincia de Rio Negro- domicilio electrónico secretaria@turisur.com.ar
Provincia de Rio Negro; MAX 2000 SA. Representada por el Sr. Julio Suarez DNI. 16.134.411, con domicilio en Boulevard Nahuel Huapi N° 2159, de la localidad de Villa La Angostura, Provincia de Neuquén; GRENNLEAF TURISMO SRL. CUIT 30 68904685-8, representada por su apoderado el Sr. Lucas Martínez DNI. 23.822.472, con domicilio en Avenida Arrayanes N° 275, de la localidad de Villa La Angostura, Provincia de Neuquén. Ambas con domicilio

Que venimos a denunciar a las empresas ya mencionadas (dejando constancia de la anomalia y denuncia realizada el 12 de Septiembre de 2019, por mesa de entrada ante este Ministerios, adjunto copia)

Dichas firmas realizan arbitrariamente y malintencionados su lucro comercial, con tareas operativas arriba de los buques, evadiendo ilegitimamente al gremio que regentea la actividad a bordo, Incumpliendo de forma constante con el Convenio Colectivo de Trabajo Vigente, la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, sus modificatorias, leyes en materia laboral Impositivas y seguridad pertinentes etc. En claro detrimento de los trabajadores, desempeñando tareas a bordo de marinería y maestranza, gastronomia a bordo, fotografia, guias de turismo etc.

Asimismo toda persona que tenga documentación habilitante, libreta de embarco y/o cédula, deben estar categorizadas como enmarca nuestros CCT y estatuto ; debiendo la patronal derivar sus aportes al gremio correspondiente, que tratándose de una actividad a bordo de indole maritima, lacustre y fluvial, la misma es de competencia al SOMU.

Los Servicios que las empresas estimen tercia rizar oportunamente, no los exenta del fiel cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidad como propietarios del los Buques. Debiendo proceder legitimamente mediante Actas acuerdo con nuestra entidad gremial, cumpliendo con la LEY 17371 REGIMEN DE TRABAJO A BORDO DEL PERSONAL DE LA NAVEGACION, LEY 27.419 de Desarrollo de la Marina Mercante e Industria Naval, Reglamentaciones de seguridad establecidas por la Prefectura Naval Argentina dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) referidos a la actividad, y otros Convenios Internaciones (En la misma Ley, el articulo 38, dispone: lo que no se encuentre previsto en la presente ley, se regirá por lo estatuido en los convenios marítimos de los que el Estado nacional forme parte así por lo que dispongan las leyes especiales y/o generales y los convenio colectivos de trabajo de la actividad vigente en el país) sin ser abusivos del régimen laboral hacia el trabajador ni mucho menos alterar la paz social con esa actitud CONFRONTANTIVA Y TEMARARIA.

En reflejo de lo descripto, se visibiliza ren fecha 16 de Julio de 2021 CD 128480661 De la trabajadora Martinez Gómez Isabel Margarita liberta Nº 190931 DNL.29.754.117 Constatando embarque en Buque Gran Victoria MATRÍCULA N° 2979 y Rol de embarco. La misma ejercia tareas a bordo con manipulación de alimentos mediante el Bufet a bordo; bajo el derecho que la ampara solicita la baja al sindicato UTHGRA, para su correcta derivación de aportes y gozar de sus derechos como personal maritimo al sindicato correspondiente 5.OM.U, exigiendo su legitima representación y encuadre laboral.

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