Información de la Junta Electoral Municipal

La Junta Electoral Municipal de San Carlos de Bariloche hace saber que, de conformidad a lo dispuesto por la Ley O 2431, se encuentran prohibidos los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos o cualquier otra propaganda proselitista desde treinta y dos (32) horas antes de la iniciación de los comicios, es decir a la hora 24 del día viernes 30/08/2019 (art. 166 inc. a) ley O 2431).

Asimismo, hace saber que:

1) Los Casinos, lugares bailables (boliches y afines) podrán funcionar hasta las 24 horas del día sábado 31/9/2019. Podrán reabrir sus puertas tres (3) horas después de la hora de finalización de los comicios o sea a las 21 horas del día 01/09/2019 (art. 166 inc. e) Ley 2431)
2) Está permitida la apertura y funcionamiento de restaurantes, casas de comidas, confiterías y afines, con la expresa prohibición de expendio de bebidas alcohólicas hasta pasadas tres (3) horas de la clausura de los comicios, es decir hasta las 21 horas del día 01/09/2019.
3) Se encuentran prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recinto cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral durante las horas de los comicios. (art. 166 inc. d) Ley O 2431).
4) Además deberá tenerse especialmente en cuenta las restantes prohibiciones contenidas en el art. 166 incs. b), c), f) y g) de la Ley O 2431.