El Ministerio de Producción y Agroindustria de Río Negro, informa que a través de la Resolución nacional 503/2022, los vehículos utilizados para el traslado de material apícola vivo y cajones melarios, deberán poseer habilitación del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

La habilitación tiene una validez de dos años debiendo gestionarse su rehabilitación en una oficina local del SENASA y contar con el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e) para realizar el traslado de material apícola vivo o de cajones melarios, así como completar los datos exigidos para el transportista de este documento y firmarlo en carácter de declaración jurada.
Una vez habilitado el transporte, previa entrega de la credencial al transportista, debe inscribirse el número de habilitación (con un mínimo de 8 cm de alto) en los laterales y en la parte posterior del mismo, con la leyenda “Habilitación Senasa N° XXX”, otorgada por la oficina local o un servicio de inspección veterinaria (SIV).
Cabe destacar que el Consejo Apícola, en su reciente conformación en la provincia se comprometió a ejercer el rol de informar cuestiones de importancia para el área, así como también trabajar de manera coordinada y articuladora entre el sector privado y el público, con otros organismos e instituciones.
Para realizar el trámite de habilitación y rehabilitación de transportes de material vivo y cajones melarios, puede consultar en https://bit.ly/3BTAnc2. Ante cualquier duda, puede contactar con la oficina del Senasa más cercana o al Programa Nacional de Sanidad Apícola a través del correo electrónico apicultura@senasa.gob.ar.
Las oficinas de SENASA habilitadas en la Provincia se encuentran en el siguiente listado: