Indemnizan a cliente que no pudo acceder a un préstamo..

Un cliente de una entidad bancaria promovió una demanda ya que por una información errónea figuraba con una calificación negativa en la base de datos y eso le impidió tomar un crédito. Ahora tendrán que indemnizarlo por la suma de 8 mil pesos en concepto de daño moral y daño punitivo. El caso ocurrió en Cipolletti.

La situación crediticia ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA) era la de “seguimiento especial riesgo bajo” y eso se debía a un estado de mora inexistente, según probó el cliente. El hombre adujo que posee cuentas sueldo ante en el Banco Patagonia y que está adherido al debito automático. En consecuencia “cada vez que se le acredita el salario es el mismo banco el que le hace el descuento automático”. Por ello aseguró que era improbable atrasarse en sus pagos.

A raíz de la supuesta mora, el BCRA lo calificó de manera negativa bajo la “situación 2”. En consecuencia cuando se encontraba tramitando un crédito ante otra entidad se lo negaron debido a esa condición.

La demanda se presentó en el Juzgado de Paz de Cipolletti bajo el mecanismo de menor cuantía y la jueza Gabriela Lapuente resolvió condenar al Banco Patagonia a pagarle al cliente la suma de 8 mil pesos, que incluyó el daño moral (3 mil pesos) y daño punitivo (5 mil).

Dice la sentencia: “en el caso la demandada ha informado indebidamente una situación crediticia y dicha circunstancia continuó al menos hasta la fecha del informe presentado por el actor hasta el mes de octubre de 2.019 aún ante los reclamos que el mismo realizó, habiéndose probado el trámite ante la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor). Estos es, la demandada tiene conocimiento de la situación, como mínimo, desde el mes de noviembre del año 2.018, lo cual posee -a mi criterio- una entidad suficientemente grave”.

Menor cuantía

Las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz. El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.